



QUÉ INCLUYE
Todo lo que necesitas para cumplir
Plan de Prevención de Riesgos Laborales El documento central que exige la ley. Recoge cómo está organizada la prevención en tu empresa, quién es responsable y qué medidas se aplican.
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PRL Básico: Lo redactamos completo, adaptado a tu actividad, listo para implantar con un responsable interno.
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Con SPA: Lo preparamos y coordinamos con el servicio de prevención ajeno para que todo sea coherente.
Documentamos todos los tratamientos de datos de tu empresa de forma estructurada y lista para presentar a inspección.
Evaluación de Riesgos Identificamos los riesgos concretos de cada puesto de trabajo y las medidas preventivas necesarias.
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PRL Básico: La realizamos para pymes de bajo riesgo (oficinas, comercio, hostelería, servicios).
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Con SPA: Para actividades de riesgo especial, la evaluación debe realizarla un técnico acreditado. Te orientamos y coordinamos el proceso.
Planificación de la Actividad Preventiva Las acciones concretas que hay que llevar a cabo, con plazos y responsables asignados.
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PRL Básico: La elaboramos a partir de la evaluación realizada con tu empresa.
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Con SPA: La integramos con las indicaciones del servicio de prevención para que todo sea coherente.
Fichas informativas por puesto de trabajo Cada trabajador debe conocer los riesgos de su puesto y recibir la información por escrito.
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En ambos casos: Preparamos las fichas y los acuses de recibo firmados que acreditan que la información ha sido entregada. Obligatorio siempre, independientemente del nivel de PRL.
Plan de Emergencia Protocolo de actuación ante incendio, accidente o evacuación, adaptado al tamaño y características de tu empresa.
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En ambos casos: Lo redactamos nosotros. Es obligatorio para todas las empresas y no requiere SPA para elaborarlo.
Revisión de documentación existente Si ya tienes documentación de PRL — de un SPA anterior o de otra empresa — la revisamos para verificar que está actualizada y realmente implantada.
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En ambos casos: Es el punto de partida más habitual. Muchas pymes tienen papeles que no se corresponden con su realidad, y eso no protege a nadie ante una inspección de trabajo.

¿Estoy obligado aunque solo tenga un trabajador? Sí. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales obliga desde el primer empleado, sin excepciones por tamaño o sector.
¿Necesito contratar un SPA obligatoriamente? Depende de tu actividad. Las pymes de bajo riesgo pueden gestionar la prevención con un responsable interno formado. Las empresas con riesgos especiales sí están obligadas a contratar un SPA acreditado. Te indicamos qué corresponde a tu caso desde el primer momento.
¿Qué pasa si me inspecciona la Inspección de Trabajo? Necesitas acreditar que tienes la documentación en orden y que está realmente implantada, no solo archivada. La documentación que preparamos en LegalPyme está pensada exactamente para ese momento.
¿Sirve si ya tengo documentación de otra empresa o SPA? Puede servir, pero necesita revisión. Es habitual que la documentación no esté actualizada o no refleje los puestos y riesgos reales actuales de la empresa. La revisamos y la ponemos al día.
¿LegalPyme actúa como Servicio de Prevención Ajeno? No. LegalPyme prepara y revisa la documentación preventiva y te acompaña en su implantación. Para las funciones que requieren un SPA acreditado, te orientamos y coordinamos con el servicio que corresponda según tu actividad.








